Participantes: Jesús R. Mercader Uguina; Francisco J. Gómez Abelleira, José Manuel Busto, Fernando Peña, Patricia Nieto
Años de ejecución: 2007 y 2008
El objetivo principal de este estudio es proceder a un análisis en profundidad de las fundaciones laborales en el Derecho español y también en el Derecho comparado a través de un estudio exhaustivo del ordenamiento jurídico aplicable a este tipo fundacional. Ambos aspectos nos permitirán, de un lado, testar el grado de adecuación de la normativa de fundaciones a los cambios productivos, sus insuficiencias, necesidades y potencialidades, y de otro, conocer, analizar y valorar experiencias y modelos vigentes en otros países.
Las fundaciones laborales que en la actualidad actúan en el tráfico jurídico y económico persiguen, al lado de objetivos como la formación de los trabajadores, la mejora de las condiciones de vida de los mismos, la garantía de su cualificación profesional, su rápida inserción en el mercado laboral, etc.; otras finalidades como la valorización energética y la protección del medioambiente (por ejemplo, la Fundación laboral del Cemento y Medio Ambiente), la promoción de determinado tipo de servicios (los servicios avanzados de telecomunicaciones entre empresas y entidades empresariales, en la Fundación Tecnologías de la Información). Pues bien, es mucho más fácil que esta heterogeneidad de los fines y objetivos presentes en las fundaciones laborales (que, probablemente, pueda incrementarse dada la multiplicidad de ramificaciones que puede adoptar el desarrollo de la responsabilidad social de la empresa) resulten admisibles en la situación actual, que con una reglamentación específica puntual, dictada al margen de los principios del Derecho común de fundaciones, que, difícilmente, sería capaz de abarcar (incluso aun siendo una buena regulación, lo cual, desde luego, no está garantizado) la múltiples aplicaciones prácticas del fenómeno de las fundaciones laborales. No puede ser fruto de la casualidad el hecho de que las fundaciones laborales se regulen en la propuesta de normativa internacional que constituye la Model Law del Centro de Fundaciones Europeo, del mismo modo en el que ha decidido regularlas nuestro legislador nacional
Entidades financiadoras: Dirección General del Trabajo Autónomo, Economía Social y Fondo Social Europeo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y Asociación Española de Fundaciones.
Dirigido por el prof. Dr. D. Jesús R. Mercader Uguina (Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social). Universidad de Carlos III.
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Derecho del Trabajo, Cambios Económicos y Nueva Sociedad